Page 406 - PROGRAMA DE MANEJO ÁREA NATURAL PROTEGIDA Cerros de San Bartolomé
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Elaboración del Estudio “Diagnóstico y Programa de Manejo del Área
                                                     Natural Protegida Los Divisaderos”, municipio de Celaya, Gto



               XI.    LINEAMIENTOS DE MANEJO.




                  XI.1.1. Zonificación


                  En el Artículo 27 del Reglamento del Código Territorial para el Estado y los Municipios en materia de
                                                                                           14
                  Áreas  Naturales  Protegidas  de  competencia  estatal  y  Zonas  de  Restauración ,  se  menciona:  En  el
                  establecimiento  y  manejo  de  las  áreas  naturales  protegidas  de  competencia  estatal,  se  realizará  una
                  división que permita identificar y delimita las porciones del territorio que la conforman, acorde con sus
                  elementos biológicos físicos y socioeconómicos, los cuales constituyen un esquema integral y dinámico.


                  El mencionado Reglamento, define:

                  Las zonas destinadas a la protección: son aquellas superficies que dentro del área natural protegida de
                  competencia  estatal  que  no  han  sido  significativamente  alteradas  por  la  acción  del  hombre  y  que
                  contienen elementos de ecosistemas únicos o frágiles o sean el escenario de fenómenos naturales que
                  requieren de una protección integral y que son propicias para el desarrollo, reintroducción, alimentación
                  y reproducción de poblaciones de vida silvestre, residentes o migratorias, incluyendo especie en riesgo.

                  Esta zonas se establecerán preferentemente en superficies que mantengan las condiciones y funciones
                  necesarias  para  la  conservación  de  la  biodiversidad  y  la  prestación  de  servicios  ambientales;  sólo  se
                  permitirá realizar actividades de monitoreo del ambiente y de investigación científica, que no impliquen
                  el traslado de especímenes, ni la modificación de los hábitats.



























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                                 Decreto Gubernativo Número 71, Publicado en el Periódico Oficial número 38 el día 07 de marzo
                             del 2014.

                  “Este Estudio Diagnóstico y Programa de Manejo se cubrió con cargo a los recursos del Fondo para el Mejoramiento
                                          y Descentralización Ambiental del Estado de Guanajuato”
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